¿No sabes si llevar contigo el recibo del seguro del coche? Conoce lo que dice la DGT

Aseguradoras 2023-10-05 484
Recibo de seguro del coche

Los conductores en España generalmente tienen dudas sobre si deben o no portar el recibo del seguro del coche. Esta incertidumbre surge debido a la falta de claridad en la normativa. Algunos conductores creen que es suficiente contar con la tarjeta del seguro, mientras que otros consideran que el recibo es necesario para evitar posibles sanciones.

Ante esta situación, aquí hablaremos sobre las indicaciones de la Dirección General de Tráfico (DGT) con respecto a esta exigencia para ayudarte a evitar inconvenientes legales.

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¿Qué dice la DGT sobre portar los recibos del coche?

La Dirección General de Tráfico (DGT) en España establece que es obligatorio llevar tres tipos de documentos en el vehículo. La normativa exige que tanto el conductor como el propietario del vehículo porten tres documentos esenciales en forma física, durante la conducción. Sin embargo, ninguno de estos tres documentos obligatorios es la póliza de seguro.

¿Desde cuándo la DGT no exige el comprobante del seguro?

La llegada de la FIVA en 2008 ha cambiado la forma en que los conductores en España deben llevar el recibo del seguro del coche. Gracias a esta base de datos gestionada por el Consorcio de Compensación de Seguros, ya no es necesario portar prácticamente el documento de la póliza de seguro del coche.

La FIVA permite a las autoridades acceder a información sobre las aseguradoras, lo que facilita la verificación de la vigencia y cobertura del seguro de un coche en particular. Además, este fichero también brinda a los conductores la posibilidad de obtener información sobre su propio seguro. Las aseguradoras deben proporcionar diariamente datos relevantes a este consorcio, garantizando así un sistema más eficiente y seguro.

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Documentos obligatorios por la DGT

Aunque el recibo del seguro del coche no es obligatorio, existen tres documentos que todo conductor debe llevar consigo. Estos tres documentos son imprescindibles:

  1. Permiso de conducción en vigencia: ya sea definitivo o provisional, emitido por la Jefatura de Tráfico.
  2. Permiso de circulación del vehículo: contiene los datos personales del propietario y las características técnicas del coche.
  3. Inspección técnica del vehículo, o ITV, con la pegatina vigente en el parabrisas.

Estos documentos son obligatorios para todo tipo de vehículo, propio o en alquiler. Es importante considerar que las copias compulsadas no son válidas.

Cómo ves, no estás obligado a llevar tu recibo de seguro de coche contigo, pero sí los permisos de conducción y circulación, así como la inspección técnica de tu coche.



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